PROGRAMA REACTIVA PERÚ


El programa Reactiva Perú fue implementado mediante el Decreto Legislativo Nº1455 y su reglamento operativo resolución ministerial Nº134-2020-EF/15 fue publicado en el diario oficial “El Peruano” el pasado 12 de abril. Pero ¿En qué consiste el programa reactiva Perú? 

Este programa es una medida implementada por el gobierno para ayudar a las empresas a sobrellevar el crítico momento que están atravesando, especialmente aquellas que no están operando; es decir aquellas que no desempeñan labores esenciales y complementa las medidas implementadas por el Poder Ejecutivo en este sentido, tales como el subsidio de 35% a la planilla de las empresas con trabajadores que ganen hasta S/ 1,500.
Se trata de un fondo de hasta S/30 mil millones destinados a garantizar nuevos créditos, otorgados por las entidades del sistema financiero, y que será administrado por COFIDE.  Tiene por objeto garantizar el financiamiento de la reposición de los fondos de capital de trabajo de empresas que enfrentan pagos y obligaciones de corto plazo con sus trabajadores y proveedores de bienes y servicios, a través de un mecanismo que otorgue la garantía del Gobierno Nacional a los créditos en moneda nacional que sean colocados por las Empresas del Sistema Financiero (ESF).
Este programa recalcamos sólo financia capital de trabajo y no financiará lo siguiente:
- Compra de acciones o participaciones en empresas, bonos y otros activos monetarios, así como para realizar aportes de capital;
- Adquisición de activos fijos;
- El pago de obligaciones vencidas de las empresas con las entidades financieras; y,
- Prepago de obligaciones financieras.
Es el programa de garantías más grande de nuestra historia y equivale a 4% del PBI. La Garantía del Gobierno Nacional que se otorga en el marco del Programa REACTIVA PERÚ, se canaliza a través de los siguientes mecanismos:
a) Garantías a las carteras de créditos que se implementan mediante fideicomiso.
b) Garantías individuales que se implementan mediante comisión de confianza u otro instrumento de similar naturaleza.

LÍMITE DE GARANTÍA
Respecto al límite de garantía, respecto al DL 1455 el  MEF modificó la cobertura de los créditos. La garantía que otorga el programa Reactiva Perú a los créditos en soles que las ESF (entidades financieras) otorgan a favor de las empresas cubre como máximo el monto equivalente a tres (3) veces la aportación a Essalud declarada por la empresa por todos los periodos tributarios del año 2019 o el monto equivalente a un (01) mes de ventas promedio mensual del año 2019, de acuerdo a los registros de Sunat. En el caso de las microempresas, para la determinación del límite de la garantía, se considera sólo el criterio del monto ventas promedio mensual señalado en el numeral precedente.
 El Programa REACTIVA PERÚ solamente garantiza los créditos que desembolsen las ESF entre el 80% y el 98%, dependiendo del monto desembolsado por estas, según el siguiente detalle: 


Hay que aclarar que sobre el límite del crédito será establecido en la evaluación crediticia que realiza la entidad financiera en cada caso, teniendo en cuenta los criterios mencionados en el Reglamento Operativo. Este monto por empresa no podrá exceder los S/10 millones, además de los intereses derivados de su uso en operaciones del Banco Central de Reserva del Perú.  

PLAZO DE DURACIÓN DEL PROGRAMA REACTIVA PERÚ
El Programa contempla dos plazos importantes. Por un lado, el plazo de colocación del préstamo, el cual solo cubrirá los créditos en moneda nacional que sean colocados por la ESF desde el 14 de abril de 2020 hasta el 30 de junio de 2020, a menos que este plazo sea ampliado mediante Decreto Supremo refrendado por el MEF. Por otro lado, el plazo del pago que las Empresas Beneficiarias deben cumplir, el cual está estipulado dentro de los treinta y seis (36) meses de adquirido el préstamo, incluyendo el periodo de gracia e intereses hasta por doce (12) meses adicionales.

REQUISITOS
La Empresa Beneficiaria no debe tener deudas tributarias administradas por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, exigibles en cobranza coactiva mayores a 1 UIT al 29 de febrero de 2020, correspondientes a periodos tributarios anteriores a 2020.
• La Empresa Beneficiaria no debe tener menos del 90% de sus operaciones crediticias en el sistema financiero con la calificación “Normal” o “Con Problemas Potenciales”, en caso se encuentre clasificada en la Central de Riesgos de la SBS.
• Las empresas vinculadas a las ESF otorgantes del crédito no pueden calificar como Empresas Beneficiarias.
• Las empresas que se encuentren comprendidas bajo la Ley N° 30737 –Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos, tampoco podrán calificar como Empresas Beneficiarias.
• Las empresas que realicen o pretendan realizar las actividades contempladas en la Lista de Exclusión, la cual figura como Anexo 1 del Reglamento Operativo del Programa “REACTIVA PERÚ” –aprobado por Resolución Ministerial N° 134-2020-EF/15. (Producción de tabaco; bebidas alcohólicas; Juegos de azar, casinos y otras actividades similares; o Comercio de metales y minerales preciosos producto de la minería ilegal; entre otros).

TASA DE INTERÉS
El BCRP realizará las Operaciones ya sea a través de subastas u Operaciones directas. En relación a las subastas, el anuncio se realizará mediante el portal institucional del BCRP, el cual incluirá el esquema de la Operación, las características de los créditos, el monto mínimo de los créditos, el monto a subastar, entre otros. Cabe señalar que el BCRP lanzó este jueves 23, la primera subasta de tasas de interés para los primeros 4 mil millones de soles del fondo Reactiva Perú.
Según los resultados anunciados por el ente emisor, se adjudicó el primer fondo a las entidades que ofrecieron las menores tasas de interés: entre 0,59% y 1,25% en promedio. Cabe precisar que a estas tasas establecidas se les debe añadir el costo de garantía de la Corporación Financiera de Desarrollo (Cofide), 0.5% anual por recursos otorgados a tres años y con un período de gracia de 12 meses para el servicio de principal e intereses.
Como podemos observar son tasas de interés por debajo del mercado, debido principalmente a la garantía otorgada por el gobierno.

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